Dirección General de Escuelas de Mendoza deberá pagar una indemnización a los padres de una alumna
La jueza concluyó que la escuela “falló en su deber de protección” de la menor y una “falla estatal”.
Dirección General de Escuelas (DGE) fue declarada responsable y deberá pagar una indemnización de 3.717.781 de pesos más intereses a los padres de una niña de 11 años que sufrió un grave caso de acoso escolar en una escuela de Ciudad.
La jueza Jorgelina Iérmoli Blanco, del Segundo Tribunal de Gestión Asociada de Mendoza, falló a favor de la demanda por daño moral y gastos médicos, marcando un precedente importante en el tratamiento de la violencia escolar.
El fallo judicial detalla un patrón de hostigamiento persistente que se prolongó por al menos ocho meses mientras la víctima era sistemáticamente insultada, golpeada y empujada por un compañero de quinto grado. Las agresiones no solo afectaban a la menor, sino que también involucraban a su hermana mayor y a su padre, pertenecientes al mismo núcleo familiar.
A pesar de los “reiterados pedidos de ayuda” de los padres y profesionales de la salud, la escuela “no aplicó medidas eficaces”, limitándose a registrar los hechos en actas y realizar llamados a la reflexión sin activar los protocolos de intervención adecuados.
La situación alcanzó un punto crítico en mayo de 2022, cuando la niña sufrió una crisis de angustia dentro del establecimiento, y terminó “llorando en el piso” y con una lesión en la mano, por lo que fue internada durante cuatro días en el Hospital Notti. A raíz de este episodio, se recomendó la separación de turnos de los alumnos involucrados, pero la medida solo se aplicó a la víctima y sus hermanos, profundizando su aislamiento social.
La pericia psicológica presentada en el juicio fue contundente, diagnosticando a la niña con un trastorno de adaptación con ansiedad y un estado de ánimo deprimido crónico, con un 18% de incapacidad psíquica.
La magistrada concluyó que la escuela “falló en su deber de protección” y no actuó con la celeridad esperada, reprochando la omisión del protocolo de bullying y la falta de contención psicológica institucional. “Se limitaron a registrar hechos sin generar acciones eficaces”, señaló la jueza en su sentencia, enfatizando la responsabilidad objetiva del Estado.
La resolución se fundamentó en el principio del interés superior del niño, reconociendo una “violación a la integridad física y emocional” de la menor y una “falla estatal” en el cumplimiento de su rol, sentando un importante precedente para futuras situaciones de violencia escolar.
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