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Se trata de la fiscal de Instrucción y Penal de Menores, Andrea Lorente. En el decreto, el Ejecutivo también solicita la consecuente necesidad de designar de manera urgente otro representante para ese cargo.
PROVINCIAL02 de julio de 2025Falta de protección a menores víctimas de abuso sexual, inacción en causas de maltrato infantil, desmanejo en casos de violencia de género y concesión de libertades indebidas a imputados con antecedentes penales graves. A esto se le sumaron procesos paralizados sin justificación por tenencia ilegal de armas, estafas, lesiones y amenazas e inacción en expedientes por delitos contra la administración pública.
Este compendio de irregularidades corresponde al accionar que detectó el Ministerio Público Fiscal sobre quien está al frente de la Fiscalía de Instrucción y Penal de Menores de Malargüe, Andrea Lorente. Ante esto y el pedido del procurador de la Corte, Alejandro Gullé, de iniciar un Jury de Enjuiciamiento, la magistrada presentó la renuncia al Gobernador Alfredo Cornejo.
La dimisión fue aceptada y publicada en el Boletín Oficial mediante el decreto 1407 firmado por la vicegobernadora Hebe Casado y la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus. La segunda autoridad de la provincia fue quien tuvo a cargo esta diligencia, ya que el Gobernador de Mendoza se encuentra en Brasil desarrollando una agenda centrada en la cooperación bilateral en materia de producción.
El decreto que acepta la renuncia de la funcionaria judicial toma la declaración de la fiscal como base para sostener que “la propia renunciante manifiesta en su nota de dimisión que “si bien intenté dar todo de mí dentro de lo establecido legalmente en el desempeño de mis funciones, resulta evidente que no ha sido suficiente para lograrlo, por lo que, siguiendo con mi interés de llegar a ese bienestar, es que entiendo que mi renuncia indeclinable es el mejor camino para lograr de esta manera que otro profesional pueda intentarlo”.
Además, el decreto establece que ante el reconocimiento de Lorente “de la manifiesta incapacidad para continuar en el ejercicio del cargo, reconociendo no estar a la altura de las circunstancias por cuestiones personales y de salud, y la consecuente necesidad de designar de manera urgente otro representante del Ministerio Público Fiscal” en su lugar.
Todo comenzó con una investigación que realizó el Ministerio Público Fiscal, organismo que documentó cada afirmación para pedir el Jury de Enjuiciamiento de la fiscal de Malargüe. Allí, el procurador general de la Corte, Alejandro Gullé, aseguró que la magnitud de la gravedad detectada se centra en una serie de irregularidades que se acumularon en al menos 22 causas judiciales y configuran incumplimientos reiterados de sus deberes como funcionaria.
Gullé advirtió que “las consecuencias de esta inacción y falta de profesionalismo han sido particularmente graves”, con un impacto directo en causas sensibles vinculadas a delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, violencia de género, maltrato infantil y hechos que involucraban a funcionarios públicos.
Entre las principales irregularidades detectadas se destacan:
. Falta de protección a menores víctimas de abuso sexual, con causas que fueron mal calificadas, con escasa o nula actividad investigativa y que, en algunos casos, prescribieron sin resolución.
. Inacción en expedientes de maltrato infantil, sin medidas judiciales urgentes ni impulso procesal, pese a reiteradas denuncias y antecedentes existentes.
. Desmanejo en causas de violencia de género, con omisión del contexto, imputaciones leves, libertad otorgada a agresores reincidentes y falta de aplicación de leyes y tratados internacionales.
. Concesión de libertades indebidas a imputados con antecedentes penales graves, eludiendo los requisitos legales para la prisión preventiva.
. Causas paralizadas sin justificación por tenencia ilegal de armas, estafas, lesiones y amenazas, que prescribieron por falta de actuación.
. Inacción en expedientes por delitos contra la administración pública, como peculado, incumplimiento de deberes y privación ilegítima de la libertad por parte de personal policial, sin que se promovieran medidas procesales ni avances sustantivos.
Según detalla el procurador de la Corte, el incumplimiento de Lorente corresponde a normas clave como el Código Procesal Penal de Mendoza, la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (8008), la Ley Nacional de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (26485) y la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (26061), además de tratados internacionales.
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