La Corte de Apelaciones de Bolonia decidirá el mes próximo la extradición de Reverberi

El destino del sacerdote, excapellán del Ejército y acusado de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar, se resolverá el 22 de diciembre en Italia. "Hay buenas expectativas debido a que la Corte Suprema de Casación se pronunció en sentido favorable", dijo a Télam Jorge Ithurburu, miembro de la organización "24 de marzo Onlus".

SAN RAFAEL 20 de noviembre de 2022 Télam
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La Corte de Apelaciones de Bolonia, Italia, decidirá el próximo 22 de diciembre próximo si concede la extradición a la Argentina del excapellán del ejército Franco Reverberi, acusado de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar, entre los que se incluyen homicidio, secuestro y torturas.

Así, el destino del sacerdote que se fugó a Italia en el año 2011 será decidido en la audiencia prevista para las 12 de ese día.

"Hay buenas expectativas debido a que la Corte Suprema de Casación se pronunció en sentido favorable", dijo a Télam Jorge Ithurburu, miembro de la organización "24 de marzo Onlus".

Del mismo modo se pronunció el Director Nacional de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Derechos Humanos, Federico Efrom, quien contó a Télam que en un viaje que realizó a Italia el pasado 7 y 8 de noviembre obtuvo el "compromiso de la fiscalía en que apoyarán el pedido de extradición, en solidaridad con el Estado argentino", algo que "no había sucedido en el pedido anterior".

La audiencia de diciembre contará con el antecedente del fallo del pasado 30 de junio, de la Corte de Casación que rechazó el pronunciamiento de la Corte de Bolonia, que había denegado la extradición.

Esta nueva instancia se abrió en virtud del recurso interpuesto por el representante del Gobierno argentino luego de la sentencia del 17/03/2021 donde se había rechazado el pedido.

Ithurburu añadió que en el pronunciamiento favorable se "cambió la jurisprudencia aunque sabemos que ahora el abogado de Reverberi pondrá muchas trabas, con lo cual imaginamos un escenario de pericias y contra pericias".

En tanto, Efrom resaltó el trabajo desarrollado por el Gobierno argentino y "la decisión política y los reiterados viajes del secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti a Italia, donde se presentaron nuevos elementos en la causa y se mantuvieron reuniones con jueces y fiscales".

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"El Estado argentino, hace muchos años resolvió que a los genocidas los queremos juzgar acá, pero en los casos en los que no es posible, se busca la extradición. En el caso de Reverberi, a instancias de la Secretaría, el Estado argentino se presentó como parte en el proceso. Yo viajé el 7 y 8 de noviembre pasado y tuve una reunión con la nueva fiscal del caso de la Corte de Bolonia, Antonella Scandelari", según contó.

El funcionario añadió que "a diferencia de la otra vez cuando se hizo la primera audiencia donde se rechazó la extradición, la fiscalía se comprometió a apoyarlo, con lo cual no estará solo la Argentina pidiéndola sino también la fiscalía, en solidaridad con el Estado argentino".

Por su parte, el activista de la asociación 24 de marzo recordó que la extradición de Reverberi "había sido rechazada porque la justicia italiana consideraba que las torturas no eran suficientes y estaban prescriptas, y solo se daba la extradición en casos de homicidio, pero ese criterio cambió con el fallo del 30 de junio pasado donde Casación de alguna forma ordena a la Corte de Bolonia a pronunciarse en favor de la extradición".

"El tema volverá así a esa instancia donde habrá otros jueces y fiscales que deberán resolver sobre el tema", añadió tras insistir en que "Casación entendió que la tortura es parte de los crímenes de lesa humanidad y como tal, imprescriptible".

Por su parte, Efrom también valoró el fallo y dijo que "es la primera vez que se interpreta que las torturas son imprescriptibles a la hora de solicitar una extradición. Además abre la puerta a casos similares como el de pedido de extradición de (el ex militar Carlos Luis) Malatto".

Malatto fue teniente coronel y actuó en el Regimiento de Infantería 22 de la provincia de San Juan, y en esa investigación, el Estado argentino se constituyó como querellante.

El pedido de extradición de Reverberi fue realizado por el Estado argentino, a través de su Embajada en Roma, tras el pedido de detención del Juzgado Federal de San Rafael.

La primera audiencia fue realizada el 15 de marzo pasado, cuando se rechazó el pedido.

Reverberi se profugó de la justicia argentina en el año 2011 cuando escapó a Italia, y en 2013 se solicitó la extradición del sacerdote pero la justicia italiana dictaminó que no existían las condiciones necesarias para aceptar el pedido.

Ahora, en la nueva solicitud tras el rechazo de marzo, se incluye la acusación el homicidio del militante político José Guillermo Berón, y en junio pasado, Pietragalla Corti -como parte interesada en el proceso- presentó nuevas pruebas.

Reverberi fue capellán auxiliar del Escuadrón de Exploración de Montaña VIII de San Rafael y es investigado en el país por delitos cometidos en el Centro Clandestino de Detención (CCD) "La Departamental", que funcionó en la sede de los tribunales de esa ciudad mendocina.

En la audiencia del 30 de junio pasado, la Justicia se pronunció favorablemente sobre el recurso interpuesto por el representante del Gobierno Argentino y en un escrito de 18 páginas, al que tuvo acceso Télam, explicó los motivos por los que aceptó el recurso, entre ellos el vinculado al asesinato de Berón.

Los jueces consideraron "fuentes de prueba concretas de Argentina los testimonios de personas detenidas y torturadas en la Casa Departamental en el mismo período que Berón", en virtud de la cual Argentina "fundamentó la hipótesis acusatoria sobre su participación en términos de adhesión y fortalecimiento de la intención delictiva de los autores materiales de los delitos controvertidos", precisa el escrito.

Y añadieron que según los documentos aportados por las autoridades argentinas, Reverberi "que ya había servido con las fuerzas militares antisubversivas, formaba parte constantemente de los grupos militares dedicados a las torturas denunciadas" y que "los hechos reconstruidos no se limitan a la participación del extraditado en las torturas infligidas a los detenidos y por tanto también al detenido Berón, sino que deben ampliarse -también desde el punto de vista judicial- al caso de su muerte última".

En conclusión, "debe considerarse que la documentación remitida por las autoridades argentinas es efectivamente idónea para acreditar la existencia de elementos en contra del extraditado por los delitos en cuestión, sancionados en Italia con cadena perpetua", dice la sentencia que socava la emitida por el Tribunal de Apelación que desestimó la acusación al considerar que no se había logrado "demostrar la gravedad circunstancial de la responsabilidad de Reverberi". 

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