
Éxodo argentino a Chile: los cruces de frontera se multiplican y los comercios abren a pesar del feriado
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El fallo, que establece un régimen diferenciado, fue aprobado por la mayoría de sus jueces y destaca la compatibilidad con el principio de reinserción social.
NACIONAL08 de abril de 2025La Cámara Federal de Casación Penal convalidó por mayoría el criterio de negar salidas anticipadas a personas condenadas por narcotráfico, al declarar la constitucionalidad de la ley 27.375, que impide el acceso a la libertad condicional y otros beneficios. El fallo fue dictado en acuerdo plenario por los diez jueces del máximo tribunal penal del país.
El pronunciamiento, conocido como fallo plenario Nº16, sostiene como doctrina obligatoria que “resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la ley 24.660” en relación a los delitos previstos en los artículos 5, 6 y 7 de la ley de drogas 23.737.
La decisión fue adoptada por la mayoría compuesta por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña, Mariano Borinsky, Guillermo Yacobucci, Carlos Mahiques, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, quienes destacaron que el régimen diferenciado para narcotraficantes no contradice la finalidad de reinserción social de la pena, prevista en la Constitución Nacional y tratados internacionales.
En sus fundamentos, los magistrados explicaron que la ley establece un “régimen preparatorio para la liberación” aplicable durante el último año de la condena, que contempla etapas progresivas de reinserción, y que ello no implica una afectación de derechos fundamentales.
En disidencia, los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Juan Carlos Gemignani consideraron que el recurso que dio origen al plenario era inadmisible y que el tema excedía las facultades del tribunal en ese marco.
El fallo se originó en un recurso del Ministerio Público Fiscal contra una decisión de la Sala de Feria de Casación, que había declarado inconstitucional el artículo 56 bis de la ley 24.660, al hacer lugar al planteo de la defensa de una persona condenada por narcotráfico.
La audiencia pública se celebró el 11 de marzo con transmisión en vivo y contó con exposiciones de representantes del Ministerio Público, de la Defensoría General de la Nación, del CELS, de la Asociación Pensamiento Penal y otras organizaciones especializadas en ejecución penal. Algunas solicitaron ser consideradas “amigos del tribunal”, aunque no se admitieron como parte formal del debate.
El criterio adoptado por la mayoría refuerza una línea interpretativa impulsada en su momento por el actual ministro del Interior, Luis Petri, y por la titular de Seguridad, Patricia Bullrich, conocida como “doctrina del encierro” y considerada por sectores críticos como parte de una política de endurecimiento punitivo sin base en evidencias sobre su eficacia en la reducción del narcotráfico.
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