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El producto no podrá ser elaborado ni comercializado en el territorio nacional.
25 de octubre de 2024La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes 25 de octubre la elaboración, distribución y venta de una marca de maíz inflado por no contar con los registros sanitarios necesarios. La medida se tomó a través de la Disposición 9417/2024, publicada en el Boletín Oficial con la firma de su titular Nélida Agustina Bisio.
Ante las numerosas irregularidades, la ANMAT decidió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas de venta en línea del producto: “TuTuCa BooM, PESO NETO 75 g (Aprox.), RNE: En trámite, RNPA: En trámite, ELABORADO POR: RNE: 04004504, RNPA: 040449798, RUTA N° 200 N° 1256, MARCOS PAZ”.
Según el comunicado, la investigación comenzó a partir de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires, respecto a la autenticidad del producto. Tras esto, se constató que falta de autorización del Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que figuraban en el rótulo del producto.
¿Por qué la ANMAT prohibió una marca de maíz inflado?
Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país. Tampoco será comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284.
Entre las razones, sucede que el RNPA figura como inexistente y el RNE se encuentra vigente pero pertenece a otra razón social. A su vez, la DIPA informó que, dado que el rótulo del producto refiere a un domicilio de la localidad de Marcos Paz, consultó a dicha Municipalidad e indicó que en el citado domicilio funciona una concesionaria de autos desde el año 2018.
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