Eliminan retenciones a cuenta de IVA y Ganancias en las ventas de comercios

El Gobierno anunció que, como parte de la implementación del paquete fiscal, los comercios no sufrirán más retenciones de estos dos impuestos en las ventas con tarjetas de débito, crédito y otros medios de pago electrónico.

NACIONAL21 de agosto de 2024
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El ministro de Economía, Luis Caputo, informó que se eliminarán las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias en las ventas de los comercios. Esta medida forma parte de la reglamentación del Paquete Fiscal que votó el Congreso de la Nación. 

La resoución 780/2024 se publicó en el Boletín Oficial y su vigencia comienza para los pagos efectuados a partir del 1° de septiembre. 

De esta forma, el Ministerio de Economía amplió los beneficios al sector privado y definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago. 

El artículo 102 del Paquete Fiscal definía que estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs).

El Gobierno considera que la medida representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina.

Además, el Palacio de Hacienda consideró que la medida permitirá “fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.

Las provincias también fueron convocadas a adherir a este régimen y eliminar las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida.

El ministro de Economía resalto que esta medida es “la primera de una serie que será anunciada a lo largo del próximo mes para reducir significativamente el costo argentino”.

En su cuenta de X, el presidente Javier Milei también resaltó la importancia de esta medida al citar el tuit de Caputo y agregar la expresión: “Cumpliendo la palabra”.

La norma que fue publicada hoy en el Boletín Oficial implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive.

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