Así es el nuevo criterio de los feriados nacionales que comunicó el Gobierno
Se estableció un nuevo criterio para los asuetos que coincidan con sábado o domingo, permitiendo su traslado
Luego de varios idas y vueltas, el Gobierno nacional oficializó una medida clave para el turismo interno: los feriados nacionales se podrán trasladar siempre que coincidan con días sábado o domingo. En ese sentido, podrán ser movidos al lunes siguiente o al viernes anterior.
La decisión, que fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 614/2025, permite ordenar el calendario restante del año y responde a un fuerte reclamo de provincias, municipios y cámaras turísticas que advertían sobre el impacto económico de perder fines de semana largos.
El anuncio fue realizado por Daniel Scioli, secretario de Turismo, Ambiente y Deporte de la Nación, durante la apertura de Hotelga, la feria de hotelería y gastronomía organizada por la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) y la Asociación de Hoteles de Turismo (AHT). Allí, ante empresarios del sector turístico, Scioli explicó que, aunque el cronograma de feriados está establecido con anticipación, se resolvió modificar la aplicación de los trasladables por pedido expreso de las jurisdicciones.
La medida reglamenta un aspecto que no estaba contemplado de forma precisa en la Ley N° 27.399, que rige los feriados nacionales, y se apoya también en la Ley de Ministerios N° 22.520, que asigna a la Jefatura de Gabinete de Ministros la competencia en la materia. Con esta modificación, se busca evitar interpretaciones ambiguas y garantizar la aplicación concreta del traslado cuando el feriado caiga en fin de semana.
Entre los impulsores más activos del pedido se destacó la subsecretaria de Turismo bonaerense, María Soledad Martínez, quien —según reveló Scioli— “nos viene planteando desde hace meses la importancia de este feriado, que es el segundo más relevante para el sector después de Carnaval, incluso por encima de Semana Santa”.
El reclamo también fue acompañado por intendentes de distintas localidades turísticas, como el jefe comunal de Villa Gesell, Gustavo Barrera, quien presentó escritos formales ante la Secretaría de Turismo y la Jefatura de Gabinete.
“La decisión impacta en el calendario de feriados y fines de semana largos que restan en el año, afectando tanto a la administración pública como al sector privado”, indicaron desde el Gobierno nacional.
La nueva disposición reglamenta un aspecto que no estaba expresamente contemplado por la legislación vigente. En efecto, si bien la Ley N° 27.399 fija el régimen de los feriados nacionales y días no laborables, no especificaba qué ocurría cuando una de estas fechas caía sábado o domingo. A partir de ahora, y con base también en la Ley de Ministerios N° 22.520, la Jefatura de Gabinete de Ministros queda facultada para decidir sobre el eventual traslado de esos días a jornadas laborales contiguas, ya sea el lunes posterior o el viernes anterior.
El objetivo declarado del Poder Ejecutivo es brindar claridad normativa y previsibilidad para la planificación de las actividades económicas, educativas y turísticas. En lo inmediato, la medida habilita la reconfiguración del calendario oficial de 2025, con impacto tanto en la administración pública como en el sector privado.
Uno de los impulsores de esta demanda fue el intendente de Villa Gesell, Gustavo Barrera, quien ya en junio había llevado el reclamo a la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados. A fines de julio, reforzó su postura con dos escritos presentados ante la Secretaría de Turismo y la Jefatura de Gabinete. Tras el anuncio, Barrera expresó: “Lo logramos. El secretario de Turismo de Nación confirmó lo que los destinos turísticos reclamábamos: que el 12 de Octubre sea fin de semana largo”.
Con esta modificación, el cronograma de feriados y fines de semana largos para lo que resta de 2025 queda más definido. En total, aún quedan cuatro fechas destacadas en el calendario:
. Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Es un feriado nacional trasladable.
. Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos.
. Lunes 24 de noviembre: feriado nacional por el Día de la Soberanía Nacional, originalmente fijado para el 20 de noviembre.
. Lunes 8 de diciembre: feriado inamovible por el Día de la Inmaculada Concepción de María.
. Jueves 25 de diciembre: Navidad, también inamovible.
La aplicación del nuevo decreto permite a la Autoridad de Aplicación mover los feriados trasladables a fechas que maximicen su efecto turístico. De esta manera, y en línea con lo expresado en el Boletín Oficial, se busca “evitar que la falta de una regla precisa sobre estas fechas afecte el espíritu de la ley”.
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