EDUCACIONALES 21 de marzo de 2022

Docentes suplentes: es obligatorio presentar el certificado de antecedentes penales para dar clases

Los que se encuentran actualmente dando clases tendrán tres meses para presentar el certificado.

La Dirección General de Escuelas (DGE) comunica, por medio de la Resolución 609, publicada el 21 de marzo del 2022, que se incorpora como requisito fundamental de admisibilidad para acceder a suplencias en todos los niveles, modalidades y escalafones docentes la presentación de Certificado de Antecedentes Penales.

Este requisito se aplicará en escuelas de gestión estatal y debe ser con una fecha de emisión no mayor a tres meses de la fecha de su presentación. La finalidad de la resolución es que la comunidad mendocina sepa que las personas que tienen a su cargo el cuidado de nuestros niños, niñas y adolescentes no cuentan con antecedentes penales.

Además, se estableció un plazo de tres meses para docentes suplentes de todos los niveles y modalidades que se encuentren cumpliendo funciones para que presenten el correspondiente Certificado de Antecedentes Penales.

Este será un requisito indispensable para continuar ejerciendo el cargo y, de acuerdo con el artículo, se dispone que el certificado de buena conducta deberá ser presentado a la autoridad jerárquica que ofreció el llamado de suplencia correspondiente.

En caso de cumplirse el plazo establecido en el artículo anterior y ante el incumplimiento sin justificación del o la docente suplente, corresponderá dar de baja a la suplencia otorgada.

Esta medida se toma para realizar una revisión y actualización de los requisitos que deben solicitarse para acceder a las suplencias tanto en Nivel Inicial como Primario, Secundario, de Jóvenes y Adultos y en establecimientos de tipo técnico.

El gobierno escolar debe velar en todo momento por el bienestar e integridad de la comunidad educativa en su totalidad, tanto de quienes asisten a clases como asimismo del personal docente y no docente.

Siguiendo este lineamiento, debe interpretarse como razonable y ajustado a la realidad de nuestros días el hecho de agregar como requisito indispensable a los ya contemplados en la normativa para poder acceder a suplencias la presentación en tiempo y forma del Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.

Se adjunta la Resolución 609 con la información completa.

RES-609.-Antecedentes-penales-para-suplencias

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